El cártel del automóvil. Cómo reclamar parte del precio que pagaste por tu coche

En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, investigó y sancionó una conducta de cártel de fijación de precios de vehículos en por los principales fabricantes y distribuidores de vehículos automóviles, a través de concesionarios independientes y de los  grupos y asociaciones ANCOSAT, las consultoras ANT Servicalidad S.L. y Horwath Auditores España S.L.P. Por ello, un vehículo adquirido en España durante el periodo en el que se fijaron los precios tiene muchas posibilidades de haber sido adquirido a un precio superior debido a dicha conducta colusiva. Gran parte de los concesionarios en España pertenecen a estos grupos.

De acuerdo con la investigación realizada por la CNMC, las marcas imputadas, a excepción de Mazda, realizaron una conducta considerada como infracción muy grave del art. 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia que se presentó de dos modos:

  • Fijación de precios mediante fijación de máximos en los descuentos y fijación de las condiciones en las que se realizaban los mismos.
  • Intercambio de información, facilitando así la colaboración y atentando contra la libre competencia.

¿Qué marcas han participado?

La conducta ha sido llevada a cabo por los fabricantes por lo que las marcas susceptibles de ser demandadas que han sido sancionadas por la CNMC y, que de acuerdo con la ratificación de la Audiencia Nacional, son;

VOLKSWAGEN
GENERAL MOTORS
FORD
RENAULT
PEUGEOT
CITROEN
SEAT
TOYOTA
BMW
FIAT
HYUNDAI
NISSAN
MERCEDES – BENZ
KIA
VOLVO
B&M
HONDA
PORSCHE
CHEVROLET
CHRYSLER

Así pues, si tu vehículo está en la tabla presentada, has sido víctima de un sobreprecio debido al Cártel de Concesionarios y te encuentras en una situación de pleno derecho para reclamar parte del precio de adquisición de tu vehículo.

Derecho a reclamar

En diciembre de 2019, la Audiencia Nacional terminó de estimar las acusaciones de la CNMC frente a los principales fabricantes y distribuidores de automóviles por lo que dicha sentencia abre una vía de reclamaciones en masa que ya se ha iniciado, habiéndose dictado ya la primera sentencia en Primera Instancia condenando a la devolución de las cantidades cobradas de más en virtud de la fijación de precios (Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz sentencia 91/2021, condenando a la devolución de 2.000 €, en este caso por ser ese el 10% del valor del vehículo).

Si bien la seguridad que aporta la ratificación de la conducta de cártel por la Audiencia Nacional es susceptible de ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el mismo ha rechazado decenas de recursos formulados por estas marcas. Por lo que todo parece indicar que se va a mantener el derecho que tienen los adquirentes de las marcas partícipes del cártel a reclamar el perjuicio causado.

Es vital tener en cuenta que la valoración del perjuicio causado varía con cada coche, pues la misma se refiere al precio de adquisición del mismo. En todo caso, dicha valoración está sujeta a un informe pericial realizado de forma individualizada para cada caso.